1Una tasa de porcentaje anual (APR) inicial del 7.99 % está disponible durante los primeros 6 ciclos de facturación después de la fecha de apertura de la cuenta, cuando la extracción inicial en el momento del cierre cumple uno de los siguientes criterios: 1. Para líneas de crédito superiores a $50,000, el retiro inicial debe ser el 50 % del importe total de la línea o $50,000, lo que sea mayor. 2. Para líneas de crédito de hasta $50,000, el retiro inicial debe ser el importe total de la línea. La oferta puede caducar en cualquier momento. La tasa inicial no está disponible para transacciones de compra o líneas de crédito aseguradas por residencias secundarias. La APR del 8.99 % que le sigue al período inicial para los primeros 6 ciclos de facturación refleja una residencia principal con una relación entre el préstamo y el valor combinada (CLTV) del 80 % o menos, y un descuento del 0.25 % sobre la tasa de interés disponible para las HELOC con pagos automáticos mensuales (ACH) establecidos y seleccionados al momento de la solicitud que deberán pagarse desde una cuenta de depósito de Flagstar Bank del prestatario. La APR actual varía a lo largo de la vigencia del préstamo y tomará como base la tasa preferencial (índice) del Wall Street Journal vigente, además de un margen determinado por las calificaciones crediticias del prestatario, el importe de la línea de crédito, el grado, la relación entre el préstamo y el valor combinados (CLTV), el tipo de propiedad y otros factores. A partir del 13/5/2024, la APR variable actual será de entre el 8.99 % y el 21.00 %. No superará la APR del 21.00 %. Los descuentos solo se aplicarán después de que finalice la tasa inicial. Las tasas se aplican a nuevas cuentas de HELOC y no a cuentas existentes. La línea de crédito con garantía hipotecaria (HELOC) de Flagstar es una línea de crédito renovable con tasa variable que se asegura con residencias principales (viviendas residenciales de 1 a 4 unidades y viviendas modulares) o viviendas residenciales (viviendas residenciales de 1 unidad). Los importes de los préstamos de línea de crédito con garantía hipotecaria (HELOC) pueden variar entre $10,000 y $1 millón con una relación entre el préstamo y el valor combinada (CLTV) del 85.00 % o menos. El cargo anual es de $75 por año; exento durante el primer año. La HELOC deberá permanecer abierta durante 36 meses o más si no desea pagar los costos de cierre (por ejemplo, los costos de título, tasación, firma de documento y registro, entre otros). Los préstamos que superen los $500,000 requieren que el prestatario pague el seguro de título de la entidad crediticia. El prestatario será responsable de pagar todos los costos e impuestos gubernamentales pertinentes al momento del cierre que se permitan por ley. Hay un período de disponibilidad de 10 años en el que se vencen los pagos mínimos mensuales. Si se seleccionan pagos únicamente de intereses durante el período de disponibilidad de 10 años, es posible que pagar solo el pago mínimo no reduzca el saldo de capital. Durante el período de reembolso a 20 años, el pago mínimo de cada ciclo de facturación será $100 o el monto necesario para reembolsar todo el saldo de la cuenta en la fecha de vencimiento mediante pagos considerablemente homogéneos además de los gastos financieros acumulados en dicho ciclo de facturación, lo que sea más alto, y otras comisiones, gastos y costos. El prestatario será responsable de los pagos de impuestos y seguro de la propiedad por separado. Es necesario contar con seguro de vivienda. Si se determina que el bien afectado en la garantía se encuentra en un área propensa a inundaciones especiales, también será necesario contar con seguro contra inundaciones. Los prestatarios deben tener ingresos comprobables. Oferta no válida en Puerto Rico o las Islas Vírgenes de EE. UU. Para prestatarios que cumplan los requisitos. Sujeto a aprobación crediticia, aprobación de suscripción y los términos y condiciones de la entidad crediticia. Propiedades en Texas: Limitado a propiedades residenciales de 1 unidad. Sin tarifa anual ni recuperación de las tarifas de cierre. No son elegibles el uso de poder notarial, el cierre en fideicomiso o los coprestatarios no ocupantes. No es necesario hacer la extracción al cierre. Sin embargo, cualquier extracción realizada durante el período de extracción debe ser de un mínimo de $4,000.